miércoles, 7 de mayo de 2014

Unidad de Desarrollo y Bienestar Estudiantil UPEL-Zulia

     Es una dependencia adscrita al Director, estará encargada de planificar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades que realiza el Instituto en materia de servicios estudiantiles para atender a los estudiantes, individual y colectivamente, a objeto de procurar su bienestar, lograr el mayor aprovechamiento de las oportunidades educativas y promover el desarrollo integral de su personalidad.

FUNCIONES:

     Son funciones de la Unidad de Desarrollo y Bienestar Estudiantil, las siguientes:
1. Planificar, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades destinadas a garantizar el bienestar y desarrollo el estudiante, en atención a los lineamientos establecidos en la Comisión Coordinadora de Servicios Estudiantiles de la Universidad.
2. Procurar que el estudiante egrese conforme al perfil académico establecido por la Universidad.
3. Velar porque las actividades desarrolladas respondan a los principios de universalidad, integridad, continuidad y coherencia, que deben caracterizar a los servicios estudiantiles de la Universidad.
4. Procurar que las actividades a implementar por la Unidad respondan a las necesidades de la población estudiantil y a las características particulares del Instituto.
5. Atender a los estudiantes individual y colectivamente para procurar su bienestar, lograr el mejor aprovechamiento de las oportunidades educacionales, de su tiempo libre y promover el desarrollo integral de su personalidad.
6. Estimular a los estudiantes en el desarrollo de sus potencialidades, habilidades y destrezas para el óptimo aprovechamiento de los recursos en el medio social.
7. Asistir al estudiante en la preservación de la salud y en el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades.
8. Realizar investigaciones sobre la problemática inherente a los servicios estudiantiles del Instituto, en coordinación con las unidades académicas responsables del quehacer investigativo.
9. Propiciar y promover la generación de ingresos propios a través del establecimiento de cooperativas, fondos de cooperación y otros servicios.
10. Participar conjuntamente con las dependencias académico-administrativas en la planificación, coordinación, ejecución y evaluación de actividades intra y extra institucionales en materia de servicios estudiantiles.
11. Llevar las estadísticas de las actividades que se realizar en la dependencia y hacerlas del conocimiento de las autoridades competentes y de la comunidad universitaria.
12. Informar a la comunidad del Instituto sobre las diferentes áreas que conforman los Servicios Estudiantiles y las actividades que se desarrollan.
13. Mantener comunicación permanente con todas las dependencias académicas del Instituto.
14. Promover el intercambio con instituciones u organismos oficiales y privados en materia de Servicios Estudiantiles.
15. Promover el desarrollo integral del estudiante, así como prevenir y atender situaciones que afecten su desenvolvimiento.
16. Las demás que le sean asignadas por los Reglamentos y autoridades competentes en materia de Servicios Estudiantiles.